Incapacidad por enfermedad
Los tres primeros días que paga la empresa,
corresponden al 100% del salario. Los días que paga la EPS, corresponden a las
dos terceras partes del salario base de cotización.
La incapacidad por enfermedad profesional. Según la ley 776 del 2002 en su Artículo 3
contempla lo siguiente. “Todo afiliado a
quien se le defina una incapacidad temporal, el (100%) de su salario base de
cotización, calculado desde el día siguiente el que ocurrió el accidente de
trabajo y hasta el momento de su rehabilitación, readaptación o curación, o de
la declaración de su incapacidad permanente parcial, invalidez o su muerte. El
pago se efectuará en los períodos en que el trabajador reciba regularmente su
salario.”
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